Términos y Condiciones
- El postulante declara conocer a cabalidad los requisitos de ingreso al Proceso de Admisión de Aspirantes a Oficial Policial Profesional de Línea, contenidos en el Reglamento Orgánico de la Escuela de Investigaciones Policiales y publicados en el sitio web oficial del proceso.
- El postulante declara expresamente que los datos y antecedentes entregados en el proceso de postulación son fidedignos y completos, siendo de su exclusiva responsabilidad, tanto la información consignada, como cualquier posible omisión. El incumplimiento de esta obligación habilitará a la Escuela PDI para excluir al postulante del Concurso de Admisión, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda derivarse de estos mismos hechos.
- Los datos de postulación deben contener en su totalidad, información exclusiva del interesado, esto incluye datos de contacto, tales como: correo electrónico y teléfono móvil. La Escuela PDI no se responsabilizará por información ingresada, que corresponda a un tercero.
- Se considerará como oficial, sólo la información publicada en nuestro sitio web y medios complementarios (www.escuelapdi.cl; www.facebook.com/escuelapdi; www.instagram.com/escuelapdi).
- Toda presentación de los postulantes a Unidades Policiales, Centro de Salud PDI y Escuela de Investigaciones, será con tenida formal, con excepción de la Evaluación Física, la que deberá ser con tenida deportiva.
- La Escuela de Investigaciones Policiales, no realiza devolución de dinero respecto a la inscripción.
- Es responsabilidad del postulante, el mantenerse informado sobre el desarrollo del Proceso de Admisión y sus distintas etapas, a través de nuestro sitio web Escuela (Portal de Admisión), correo electrónico y medios complementarios (Facebook e Instagram Escuela PDI).
- Una vez realizada la inscripción, el postulante se informará sobre fechas y sedes de evaluación a través de los medios señalados en el punto anterior, siendo su exclusiva responsabilidad acudir a dichas citaciones.
- La no presentación a cualquiera de las etapas, será motivo de exclusión inmediata del Proceso de Admisión.
- Se hace presente que una vez que el postulante sea notificado de su eliminación del Proceso de Admisión, este ya no podrá acceder a la Plataforma de Admisión, toda vez que ya no continuará participando de este proceso.
- El Departamento de Admisión se reserva el derecho a modificar las fechas señaladas en el calendario de evaluaciones, en caso de que la programación se ajuste.
- Durante la etapa de Declaración de Historial Personal (DHP), el postulante sólo entregará fotocopia de los documentos solicitados, puesto que no se realizará devolución de estos. El no cumplimiento de lo anterior es de exclusiva responsabilidad del postulante.
- Una vez concluida la Evaluación Médico – Dental, no se hará devolución de los documentos entregados, como exámenes o radiografías, toda vez que esta información es remitida a la Jefatura Nacional de Salud, a fin de ser validados por médicos de la Institución.
- Por medio de los presentes términos y condiciones, y si el caso lo amerita, el postulante autoriza a la Escuela de Investigaciones Policiales, para que publique en su página web, el resultado de: Evaluación del Idioma Inglés, Etapa Psicotécnica, Etapa Psicológica y Etapa Evaluación de Salud Mental y Médico-Dental, individualizados con su R.U.N.
- El postulante autoriza a la Escuela de Investigaciones Policiales, para que solicite directamente al DEMRE, sus resultados obtenidos en la PDT o PAES y N.E.M.
- Los postulantes que no aprueben con éxito alguna de las etapas del proceso y que quieran conocer los motivos de su exclusión, podrán solicitar esta información directamente al Departamento de Admisión a los correos admision.escuela@investigaciones.cl o admision@escuelapdi.cl.
- Los resultados finales de postulación, se conocerán a través de los medios oficiales ya señalados. Para acceder al detalle o las razones de exclusión, el postulante contará con los mecanismos establecidos en la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, siendo su responsabilidad instruirse sobre dicho proceso. (http://gobiernotransparente.investigaciones.cl/transparencia_pasiva/solicitud_informacion.html).
- Sin perjuicio de lo anterior, el postulante declara conocer que los antecedentes recopilados en su Declaración de Historial Personal (DHP), se encuentran amparados en el Título VII de la Ley N° 19.974, sobre el Sistema de Inteligencia del Estado, que establece la obligación de guardar secreto y la prohibición de divulgar la información que consta en dichos registros, razón por la cual no podrá acceder a su contenido.